Timbrado ultrarrápido, válido ante el SAT
Capturas la factura en el navegador, también en el celular, o envías el JSON por API y recibes el CFDI 4.0 timbrado.
Qué hace un proveedor de certificación al timbrar tu CFDI, cómo comprobar que está autorizado por el SAT, qué compras con un PAC directo y qué con un sistema de facturación, y qué pasa si un PAC falla.
Un PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) es una empresa autorizada por el SAT para timbrar CFDI: valida el comprobante, le asigna el folio fiscal (UUID), le incorpora el sello digital del SAT y envía una copia al SAT. Sin timbre, un CFDI no tiene validez fiscal. Antes de contratar, busca el nombre y el RFC del proveedor en la lista oficial del SAT.
PAC son las siglas de Proveedor Autorizado de Certificación. La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) lo llama proveedor de certificación de CFDI. Es una persona moral que el SAT autoriza para certificar comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), con base en los artículos 29 y 29 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Certificar, o timbrar, son tres actos que la ley reserva al SAT o a quien este autorice: validar que el comprobante cumpla los requisitos fiscales, asignarle un folio e incorporarle el sello digital del SAT. Un CFDI se considera expedido cuando, además de generarlo y sellarlo con tu CSD, obtiene ese timbre.
La autorización no es permanente. Para obtenerla y conservarla, cada PAC cumple requisitos de la RMF 2026, entre ellos:
El timbrado dura segundos, pero dentro pasan varias validaciones. Este es el recorrido de un CFDI 4.0:
El comprobante se arma en XML versión 4.0 conforme al Anexo 20: emisor, receptor, conceptos, impuestos y, si aplica, complementos como Pagos, Nómina o Carta Porte.
El sello digital del emisor se calcula con tu Certificado de Sello Digital, que emite el SAT. Prueba que el comprobante salió de tu RFC y que nadie lo alteró después.
Revisa la estructura del Anexo 20, los requisitos del artículo 29-A del CFF y de los complementos, que tu CSD estuviera vigente y no cancelado, que el RFC del receptor esté en la lista de RFC del SAT, que ese mismo proveedor no lo haya timbrado antes y que no hayan pasado más de 72 horas desde su fecha de generación (regla 2.7.2.9).
Si todo cumple, agrega el complemento Timbre Fiscal Digital: folio fiscal (UUID), fecha y hora de certificación, sello del CFDI, número de certificado del SAT y sello digital del SAT.
El PAC envía el CFDI al SAT al momento de certificarlo (regla 2.7.2.8, fracción IX) y te regresa el XML timbrado. Si algo no cumple, lo rechaza con un código de error y el comprobante no se timbra.
Le envías el XML y, si lo pide, el PDF, que es su representación impresa (artículo 29, fracción V del CFF).
<tfd:TimbreFiscalDigital Version="1.1" UUID="5FB2822E-396D-4725-8521-CDC4BDD20CCF" FechaTimbrado="2026-09-28T10:42:17" RfcProvCertif="AAA010101AAA" SelloCFD="kXzL9…Q2w==" NoCertificadoSAT="30001000000500003456" SelloSAT="Hm7Rt…wA4=" />
El SAT publica la lista oficial de proveedores autorizados. No la copiamos aquí porque cambia con cada alta, revocación o renovación: consúltala directo en el portal del SAT.
La lista muestra, por proveedor, logotipo, nombre o razón social, RFC y número de certificado del SAT (regla 2.7.2.2). El nombre comercial puede no coincidir con la razón social: compara el RFC.
En el mismo portal el SAT publica a los proveedores con autorización revocada, no renovada o que se desistieron, dentro de los cinco días siguientes a cada caso.
Abre el XML de una factura timbrada por ese proveedor y busca RfcProvCertif en el Timbre Fiscal Digital. Debe ser el RFC de un PAC autorizado. Si usas un sistema de facturación, el dato aparece igual en cada XML.
El verificador de CFDI del SAT confirma con el folio fiscal que el comprobante existe y muestra su estatus.
Cada PAC debe publicar en su sitio el logotipo que el SAT le entrega al autorizarlo (regla 2.7.2.8, fracción XXI). El logotipo sin el RFC en la lista no prueba nada.
Para timbrar necesitas un PAC autorizado. La decisión es cuánto del proceso resuelves tú. Con un PAC directo compras la certificación; con un sistema de facturación compras el proceso completo y el timbrado viene incluido.
| PAC directo | Sistema de facturación | |
|---|---|---|
| Qué pagas | PAC directoTimbres, en paquete o por volumen, y acceso al servicio de timbrado, normalmente un web service. | Sistema de facturaciónFolios o una suscripción que incluye captura, timbrado, envío, cancelación y reportes. |
| Quién arma el XML | PAC directoTu equipo o tu ERP: generas el XML del Anexo 20 y lo sellas con tu CSD. | Sistema de facturaciónEl sistema, con los datos que capturas en pantalla o que envías por API. |
| Integración | PAC directoLa desarrollas y la mantienes tú: conexión, manejo de errores, reintentos y pruebas. | Sistema de facturaciónIncluida. En pantalla, o por API: envías los datos y recibes el CFDI timbrado. |
| Cambios del SAT | PAC directoTu equipo actualiza catálogos, complementos y validaciones cuando el SAT los publica. | Sistema de facturaciónEl proveedor actualiza el sistema. |
| Si el PAC no responde | PAC directoTu integración decide: esperar, reintentar o enviar a un segundo PAC si lo contrataste. | Sistema de facturaciónDepende del proveedor. Algunos timbran con respaldo en otro PAC. |
| Resguardo | PAC directoQueda de tu lado. El PAC solo está obligado a conservar los CFDI tres meses (regla 2.7.2.8, fracción XII). | Sistema de facturaciónSegún el proveedor: revisa cuántos años guarda tus XML y PDF y cómo los descargas. |
| Para quién | PAC directoEmpresas con equipo técnico, ERP propio y volumen alto. | Sistema de facturaciónPersonas físicas, PyMEs, contadores y empresas que prefieren no mantener la integración. |
Hay empresas que son PAC y además venden un sistema, y sistemas que timbran con uno o varios PAC. Para tu cliente, el CFDI vale lo mismo: lo que cambia es cuánto trabajo y cuánto riesgo operativo asumes tú.
Si vas a integrar facturación en tu producto, compara también una API de facturación con la integración directa a un PAC. En la API de Factura Digital envías el JSON y recibes el CFDI timbrado, ultrarrápido y válido ante el SAT. Para ver cómo funciona el respaldo entre varios PAC, lee PAC vs. multi-PAC: arquitectura de facturación electrónica.
No hay un precio oficial: cada PAC y cada sistema fija el suyo. Lo que se repite son los modelos de cobro:
Además del timbre, revisa si cobran aparte la cancelación, los usuarios, cada RFC adicional, la API o los complementos. Para casos simples existen dos opciones sin costo: la aplicación gratuita que cada PAC autorizado debe ofrecer (regla 2.7.2.8, fracción VII) y el servicio de facturación gratuito del portal del SAT.
Para calcular tu costo real por factura según tu volumen, con ejemplos, lee Cuánto cuesta facturar. Los precios de Factura Digital, con IVA incluido, están en Precios.
Mientras el PAC no responda, tu CFDI no se timbra. Hay margen: el comprobante puede timbrarse hasta 72 horas después de su fecha de generación (regla 2.7.2.9, fracción I); pasado ese plazo hay que generarlo de nuevo. Si un PAC va a suspender su servicio de forma temporal, debe avisar a sus clientes con al menos 60 días de anticipación (regla 2.7.2.8, fracción XIV). Y la regla 2.7.2.7 permite usar uno o más PAC de manera simultánea, así que un segundo PAC es una opción legal.
En Factura Digital: timbrado PAC ultrarrápido y con respaldo: si un PAC no responde, tu CFDI se timbra igual.
La regla 2.7.2.12 fija un periodo de transición de 90 días naturales:
El SAT publica la revocación en su portal dentro de los cinco días siguientes a que surte efectos (regla 2.7.2.2).
El PAC sigue timbrando para sus clientes actuales y ya no puede aceptar clientes nuevos. Dentro de los tres días siguientes a la publicación debe poner un AVISO URGENTE en su sitio y enviarlo por correo a todos sus clientes.
El PAC ya no puede timbrar. Solo cierra sus obligaciones pendientes con el SAT.
En la práctica, tienes 30 días para cambiar de PAC sin dejar de facturar.
La autorización vence al final de su vigencia. En el último bimestre, el PAC debe avisar a sus clientes y dejar de contratar clientes nuevos; desde el día siguiente al vencimiento ya no puede timbrar (regla 2.7.2.4).
El PAC envía cada CFDI al SAT al momento de certificarlo y el SAT conserva copia (reglas 2.7.2.8 y 2.7.2.9). Puedes confirmar el estatus de cualquier comprobante en el verificador del SAT. Aun así, guarda tus XML: el PAC solo está obligado a conservarlos tres meses, y el CFF te pide conservar tu documentación, por regla general, cinco años (artículo 30).
Confirma la publicación en el portal del SAT y las fechas del aviso del PAC.
Descarga y respalda tus XML y los acuses de cancelación.
Contrata otro PAC autorizado o un sistema de facturación y entrega la autorización por escrito que pide la regla 2.7.2.7.
Actualiza tu integración o tu ERP y prueba facturas, complementos de pago y nómina.
Avisa a tu equipo la fecha de corte.
Diez puntos para revisar antes de contratar. Aplican igual a un PAC directo y a un sistema de facturación.
El RFC aparece en la lista del SAT como autorizado, no en la de revocados o no renovados.
Qué pasa cuando el PAC no responde: si hay reintentos, un segundo PAC o solo un mensaje de error.
Precio por timbre con IVA, si los timbres vencen y qué pasa con los que no usas.
Si cobran aparte la cancelación, los usuarios, cada RFC adicional, la API o los complementos.
Que soporte los que usas: Pagos 2.0, Nómina 1.2, Carta Porte 3.1, Comercio Exterior 2.0.
La RMF pide a los PAC distinguir en contratos y publicidad la certificación de los servicios complementarios (regla 2.7.2.5, fracción III). Pide ese detalle.
Cuánto tiempo guardan tus XML y PDF y cómo los descargas en bloque.
Si vas a integrar: documentación pública, ambiente de pruebas gratis y códigos de error claros.
Canales, horario y si responden personas que conocen el CFDI.
Cuántas versiones del CFDI ha atravesado el proveedor. Cada cambio del SAT pone a prueba su operación.
Capturas la factura en el navegador, también en el celular, o envías el JSON por API y recibes el CFDI 4.0 timbrado.
Si un PAC no responde, tu CFDI se timbra igual.
Cada XML lleva su Timbre Fiscal Digital con folio fiscal (UUID) y sello del SAT.
10 folios de regalo al crear cuenta, una sola vez, sin tarjeta. Premium es una suscripción opcional.
Tus XML y PDF quedan guardados 5 años, con descarga en XML, PDF o ZIP.
En operación desde 2008, con todas las versiones del CFD y del CFDI, hasta la 4.0. +100 millones de documentos emitidos.
Un PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) es una persona moral autorizada por el SAT para certificar, o timbrar, CFDI. Al timbrar valida que el comprobante cumpla los requisitos fiscales, le asigna el folio fiscal (UUID), le incorpora el sello digital del SAT y envía una copia al SAT. La base legal está en los artículos 29 y 29 Bis del Código Fiscal de la Federación y en las reglas 2.7.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Proveedor Autorizado de Certificación. La Resolución Miscelánea Fiscal lo llama proveedor de certificación de CFDI (PCCFDI). En el mercado se usa PAC para cualquier empresa autorizada por el SAT para timbrar.
Busca su nombre o su RFC en la Lista de Proveedores Autorizados de Certificación del portal del SAT. La lista muestra el logotipo, la razón social, el RFC y el número de certificado del SAT de cada proveedor, y el SAT publica también a los proveedores con autorización revocada o no renovada. Para confirmarlo con un comprobante, abre el XML timbrado y compara el atributo RfcProvCertif del Timbre Fiscal Digital con el RFC de la lista.
Todo CFDI necesita el timbre de un PAC autorizado o del propio SAT. No tienes que contratar un PAC por separado: un sistema de facturación incluye el timbrado. Contratar un PAC directo conviene cuando tu equipo genera y sella el XML en su propio sistema y solo necesita certificarlo.
El PAC certifica el comprobante: valida, asigna el folio fiscal, sella y envía copia al SAT. Un sistema de facturación cubre el proceso completo: captura, catálogos, generación del XML, timbrado, envío al cliente, cancelación y reportes. Con un PAC directo pagas timbres y mantienes tu integración; con un sistema pagas el servicio y el timbrado viene incluido.
Un sistema de timbrado es el software que envía tu CFDI a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) para que lo valide y le asigne el Timbre Fiscal Digital con su folio fiscal (UUID). Sin timbre, la factura no es válida ante el SAT. En Factura Digital el timbrado es ultrarrápido, válido ante el SAT y con respaldo: si un PAC no responde, tu CFDI se timbra igual.
No hay un precio oficial. Los modelos más comunes son paquetes de timbres (con o sin vencimiento), planes mensuales con timbres incluidos que se pierden si no los usas y contratos por volumen. El precio por timbre baja con el volumen. Además, cada PAC autorizado debe ofrecer una aplicación gratuita para generar y certificar CFDI (regla 2.7.2.8, fracción VII, de la RMF 2026).
Sí. La regla 2.7.2.7 de la RMF 2026 permite usar uno o más proveedores de certificación de manera simultánea. A cada uno debes darle por escrito tu autorización para que entregue al SAT copia de los comprobantes que te certifique.
El CFDI no se timbra hasta que el PAC responda. El comprobante puede timbrarse hasta 72 horas después de su fecha de generación (regla 2.7.2.9); si se pasa ese plazo, hay que generarlo de nuevo. Por eso conviene tener un segundo PAC o un sistema con respaldo. En Factura Digital el timbrado PAC es ultrarrápido y con respaldo: si un PAC no responde, tu CFDI se timbra igual.
Los CFDI que ya timbró están en el SAT: el PAC los envía al momento de certificarlos y el SAT conserva copia. Puedes verificarlos en el verificador de CFDI del SAT. Para seguir facturando, en caso de revocación hay un periodo de transición de 90 días naturales: los primeros 30 el PAC sigue timbrando para sus clientes actuales y en los 60 siguientes ya no puede timbrar (regla 2.7.2.12). Cambia de PAC dentro de esos primeros 30 días.
La autorización vale durante los dos ejercicios fiscales siguientes a aquel en que se notifica, y el PAC puede renovarla por dos ejercicios más si cumple los requisitos (reglas 2.7.2.3 y 2.7.2.4 de la RMF 2026). Si no la renueva, deja de poder timbrar al día siguiente de su vencimiento.
Agrega el complemento Timbre Fiscal Digital con el folio fiscal (UUID), la fecha y hora de certificación, el sello digital del CFDI, el número de certificado del SAT, el sello digital del SAT y el RFC del proveedor de certificación (RfcProvCertif).
Timbrado ultrarrápido, válido ante el SAT. Es timbrado PAC ultrarrápido y con respaldo: si un PAC no responde, tu CFDI se timbra igual. Al crear cuenta recibes 10 folios de regalo, una sola vez, sin tarjeta; los folios que compras no caducan y Premium es una suscripción opcional.
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